Artículo 1.- Se crea el Consejo Asesor de la Diabetes Mellitus como órgano consultivo para el asesoramiento técnico en materia de diabetes, en el marco de lo dispuesto en el Decreto 121/2005.
2.- El Consejo Asesor de la Diabetes Mellitus queda adscrito al Departamento de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin participar en la estructura jerárquica de ésta.