Artículo 1. Objeto.
1. El objeto de la presente orden es realizar la convocatoria pública, correspondiente al ejercicio 2016, para la concesión de ayudas para la contratación o para el establecimiento como trabajadores autónomos de jóvenes, con edades comprendidas entre 16 y 25 años, que pertenezcan o hayan pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura y presenten especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral.
2. Las ayudas contempladas en la presente orden están reguladas en el Título I (disposiciones generales) y en el Título X del Decreto 86/2012, de 18 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de política social y familia (DOE n.º 99, de 24 de mayo) modificado por el Decreto 143/2013, de 30 de julio (DOE núm. 152, de 7 de agosto), por el Decreto 35/2014, de 11 de marzo (DOE núm. 52, de 17 de marzo), por el Decreto 182/2014, de 26 de agosto (DOE núm. 167, de 29 de agosto) y el Decreto 47/2016, de 26 de abril (DOE núm. 83, de 3 de mayo).
3. Las subvenciones destinadas a empresas privadas previstas en la presente orden, se hallan acogidas al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, conforme al cual la ayuda total de mínimis concedida al beneficiario no podrá superar la cuantía de 200.000 euros en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso.