Orden de 24 de mayo de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados del Plan de Formación para el Empleo de Aragón correspondiente al año 2013.

SID > Orden de 24 de mayo de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados del Plan de Formación para el Empleo de Aragón correspondiente al año 2013.

Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

12/06/2013

Fecha de entrada en vigor

Sección

Órdenes Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Aragón

Resumen

Primero.- Objeto y bases reguladoras.

La presente orden tiene como objeto la aprobación de una convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados en la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la citada ley.

Segundo.- Finalidad y principios que rigen la concesión de las subvenciones.

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad financiar planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados con el fin de proporcionar los conocimientos y las prácticas adecuadas a las competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal y contribuyendo con ello a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

2. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

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