Artículo 1. Aprobación del Plan General de Inspección de Servicios Sociales.
Se aprueba el Plan General de Inspección de Servicios Sociales para el periodo 2014- 2015, cuyo texto se inserta como Anexo a la presente Orden.
Artículo 2. Instrucciones para el desarrollo del Plan General de Inspección de Servicios Sociales.
La persona titular de la Secretaría General Técnica dictará las Instrucciones para el desarrollo, concreción, dirección y coordinación del Plan General de Inspección de Servicios Sociales. Asimismo aprobará los modelos de protocolos de inspección y cuestionarios correspondientes a los diferentes programas.