Orden de 19 de agosto de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2013.

SID > Orden de 19 de agosto de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2013.

Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

26/08/2013

Fecha de entrada en vigor

Sección

Órdenes Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Galicia

Resumen

Artículo 1. Objeto y finalidad

1. Con la finalidad de promover la integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2013, de las subvenciones establecidas por la Consellería de Trabajo y Bienestar para la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, a través de los siguientes programas:

– Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria (anexo A).

– Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo (anexo B).

2. La gestión de estos programas se realizará de acuerdo con los siguientes principios:

a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Consellería de Trabajo y Bienestar.

c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

3. Las bases específicas de cada uno de los programas se regulan en los correspondientes anexos A y B de esta orden y forman parte integrante de ella.

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