Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta Orden tiene como objeto regular el Programa de Talleres de Empleo y establecer las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de los programas de Talleres de Empleo establecidos en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de2001 (BOE n.º 279, de 21 de noviembre), según la redacción dada por la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo (BOE n.º número 78, de 1 de abril).
2. El ámbito de aplicación territorial será la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 3. Definición y contenido de los Talleres de Empleo.
1. Los Talleres de Empleo se configuran como un programa mixto de empleo y formación que tiene como objetivo mejorar la ocupabilidad de los desempleados de veinticinco o más años de edad, con la finalidad de facilitar su inserción laboral.
2. Los Talleres de Empleo son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades de utilidad pública o interés social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.