Orden 13/2013, de 21 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo para personas con discapacidad en el ejercicio 2013.

SID > Orden 13/2013, de 21 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo para personas con discapacidad en el ejercicio 2013.

Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

31/05/2013

Fecha de entrada en vigor

Sección

Órdenes Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Comunidad Valenciana

Resumen

Artículo 1. Objeto y ámbito

1. El objeto de la presente orden es establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración laboral de personas con discapacidad en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

2. El régimen de ayudas aplicable será el determinado en los artículos siguientes.

3. Todas las acciones subvencionables deberán realizarse en el ejercicio 2013, y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de los plazos de justificación previstos para cada tipo de ayudas. No obstante, también resultarán subvencionables las contrataciones de trabajadores con discapacidad, producidas durante el último trimestre de 2012, según lo establecido para cada programa.

Artículo 2. Acciones apoyables

1. Las ayudas previstas en la presente orden irán destinadas a:

A. Centros especiales de empleo, para el mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad.

a) Ayudas a los costes salariales de trabajadores con discapacidad.
b) Ayudas por adaptación de puestos.

B. Empresas del mercado ordinario

a) Programa de apoyo a la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad procedentes de enclaves laborales.

a.1. Ayudas a la contratación indefinida.
a.2. Ayudas a la adaptación de puestos.

b) Programa de apoyo a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias en general:

b.1. Ayudas a la contratación indefinida
b.2. Ayudas a la contratación temporal.
b.3. Ayudas a la adaptación de puestos

2. Las ayudas que se concedan al amparo de la presente orden tendrán la consideración de subvenciones públicas, y se regirán, en lo no dispuesto por la misma, por la normativa a que hace referencia la disposición adicional cuarta de la presente orden.

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