Artículo 1. Creación, naturaleza y adscripción.
1. Mediante la presente norma foral se crea el organismo autónomo foral denominado «Kabia», constituido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
2. El organismo autónomo foral estará dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, de patrimonio y tesorería propios así como de autonomía de gestión para el cumplimiento de las funciones y competencias que se le asignan.
3. El organismo autónomo foral se adscribe al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa en régimen de descentralización funcional, y tiene la consideración de medio propio de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
4. El organismo autónomo foral se regirá por la presente norma foral, por la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa y por las demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos vinculados a la Diputación Foral de Gipuzkoa.