Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades

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Organismo emisor

Jefatura del Estado

Fecha de disposición

21/12/2001

Fecha de publicación

24/12/2001

Fecha de entrada en vigor

13/01/2002

Sección

Leyes Orgánicas

Colectivo

Todos

Ambito

España

Resumen

Establece, en el artículo 46, la igualdad de oportunidades para los alumnos y alumnas con discapacidad.
Disposición adicional vigésima cuarta. De la integración de estudiantes con discapacidad en las universidades.

Referencias posteriores

  • Recurso 1760/2021 promovido contra el art. 42, en la redacción dada por la la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-6949).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 29, por Ley 11/2020, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17339).
    • el art. 42, por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17264).
    • el art. 81.3.b), por Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4832).
    • el art. 46.2, por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16673).
    • el art. 81.3.b), por Ley 6/2018, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2018-9268).
    • el art. 81, por Ley 3/2017, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2017-7387).
  • SE DECLARA en la Cuestión 4528/2012, inconstitucional y nulo el párrafo 2 del art. 7 y los arts. 8.2 y 30 bis en la redacción dada por el art. 6 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, por Sentencia 26/2016, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2907).
  • SE MODIFICA los arts. 62.2, 63 y 64, por Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9801).
  • SE DECLARA en el Recurso 6084/2007, su DESESTIMACIÓN en relación con los arts. 27.1, 27 bis.1 a), 34, 35, 37, 56.2 y 62.3 y 4, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, por Sentencia 176/2015, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2015-9391).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre requisitos y procedimiento para homologación y equivalencia de determinados estudios extranjeros superiores: Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12098).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 32, por Ley 15/2014, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9467).
    • el art. 42.3, por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-12886).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 1788/2002, la pérdida del objeto en relación con los arts. 9.2, 35.6, 63.1 in fine y las disposiciones adicional 4.2 y transitoria 2 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 160/2013, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-11121).
    • en el Recurso 1777/2002, la pérdida del objeto en relación con los arts. 15.2 in fine, 51, 57 y concordantes, 58.3, 59.3, 63.1 in fine y las disposiciones adicional 4.2 y transitoria 2, y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 159/2013, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-11120).
    • en el Recurso 1756/2002, la pérdida del objeto en relación con los arts. 9.2, 15.2, 20.3, 35.6, 63.1 y disposición adicional 4 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 158/2013, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-11119).
    • en el Recurso 1735/2002, la pérdida del objeto en relación a los arts.15.2 in fine y 51 y de la disposición adicional 4.2 párrafo 1 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 141/2013, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2013-8499).
    • en el Recurso 1810/2002, la pérdida del objeto en relación a los arts. 15.2 in fine, 35.6, 51 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 134/2013, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2013-7210).
    • en el Recurso 1725/2002, la inconstitucionalidad del inciso indicado de la disposición adicional 4, la pérdida del objeto en relación a los arts. 9.2, 15.2, 27.1 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 131/2013, de 5 de junio (Ref. BOE-A-2013-7207).
    • en el Recurso 1671/2002, la pérdida del objeto en cuanto a lo indicado de los arts. 15, 51, 58 a 60, 62 a 66, disposición transitoria 2 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 223/2012, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-15757).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 7, 8.2, 30 bis, 68 y 81, por Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2012-5337).
    • con efectos de 2 de diciembre de 2011, los arts. 7, 8, 48, 57, 80, 82, 84, disposición adicional 10 y la rúbrica del título IV, y SE AÑADEN los arts. 30 bis, 30 ter y la sección III por Ley 14/2011, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2011-9617).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando el Estatuto del estudiante universitario: Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20147).
    • con el art. 28, aprobando el Reglamento del Consejo de Universidades: Real Decreto 1677/2009, de 13 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-19439).
    • regulando las condiciones de acceso y procedimientos de admisión a universidades públicas: Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-18947).
  • SE DICTA EN RELACION, sobre contratación excepcional de profesores colaboradores: Real Decreto 989/2008, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2008-11108).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 37, estableciendo la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18770).
    • con el art. 62, regulando los concursos de acceso a cuerpos docentes: Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2007-17582).
    • con el art. 57, estableciendo la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios: Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2007-17492).
  • SE DICTA EN RELACION, declarando la subsistencia transitoria de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria: Real Decreto 546/2007, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2007-8827).
  • SE MODIFICA determinados preceptos, AÑADE el art. 54 bis, el título XIV y las disposiciones adicionales 28 y 29 y DEJA SIN EFECTO los arts. 17, 51, 58, 63 y las disposiciones adicionales 17, 26 y transitoria 5, por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2007-7786).
  • SE DECLARA en el Recurso 1762/2002, la extinción por desistimiento del recurrente en relación con determinados preceptos, por Auto de 1 de febrero de 2006 (Ref. BOE-A-2006-2962).
  • SE MODIFICA la disposición transitoria 5.1, por Real Decreto-ley 9/2005, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2005-9396).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 88.2, regulando los estudios oficiales de posgrado: Real Decreto 56/2005, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2005-1256).
    • con el art. 88.2, estableciendo la estructura de las enseñanzas y los estudios de grado: Real Decreto 55/2005, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2005-1255).
    • con el art. 36.2.b), sobre condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior: Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3949).
    • con el art. 48, regulando el régimen del profesorado contratado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia: Real Decreto 50/2004, de 19 de enero (Ref. BOE-A-2004-1369).
    • con el art. 35, sobre homologación de planes de estudios y títulos de carácter oficial: Real Decreto 49/2004, de 19 de enero (Ref. BOE-A-2004-1303).
    • estableciendo la normativa básica para el acceso: Real Decreto 1742/2003, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-1302).
    • con el art. 36.2.a), regulando equivalencia de títulos españoles: Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2003-19626).
    • con los arts. 87 y 88, estableciendo el sistema europeo de créditos y de calificaciones: Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2003-17643).
    • con los arts. 87 y 88, sobre expedición por las universidades del Suplemento Europeo al título: Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2003-17310).
    • regulando la prueba de acceso de los mayores de 25 años: Real Decreto 743/2003, de 20 de junio (Ref. BOE-A-2003-13383).
    • con los arts. 50 a 52, sobre evaluación y certificación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la contratación de personal docente e investigador: Real Decreto 1052/2002, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-2002-19804).
    • con el art. 57, sobre habilitación para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes: Real Decreto 774/2002, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2002-15997).

Referencias anteriores

Materias

  • Acceso a la universidad
  • Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
  • Alumnos
  • Ayudas
  • Becas
  • Centros de enseñanza
  • Centros de enseñanza extranjeros en España
  • Colegios Universitarios
  • Comunidades Autónomas
  • Consejo de Coordinación Universitaria
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Universitarias
  • Cuerpo de Catedráticos de Universidad
  • Cuerpo de Maestros de Taller o Laboratorio y Capataces de Escuelas Técnicas
  • Cuerpo de Profesores Numerarios de las Escuelas Oficiales de Náutica
  • Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias
  • Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad
  • Deporte
  • Deporte de alto nivel
  • Discapacidad
  • Elecciones
  • Enseñanza a Distancia
  • Enseñanza Universitaria
  • Escuelas Técnicas Superiores
  • Escuelas Universitarias
  • Estudios extranjeros
  • Facultades Universitarias
  • Formación profesional
  • Función Pública
  • Funcionarios públicos
  • Fundaciones
  • Homologación de títulos académicos
  • Iglesia Católica
  • Institutos Universitarios
  • Investigación científica
  • Oposiciones y concursos
  • Planes de estudios
  • Profesorado
  • Relaciones de Puestos de Trabajo
  • Retribuciones
  • Sanidad
  • Seguridad Social
  • Títulos académicos y profesionales
  • Trabajadores
  • Unión Europea
  • Universidad Internacional Menéndez Pelayo
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia
  • Universidades

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