Esta reforma introduce la creación de programas específicos sobre la igualdad de género, de ayuda a las víctimas del terrorismo y el impulso de políticas activas para garantizar la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad.
Se resaltan, en el texto completo, las disposiciones relacionadas con los alumnos y alumnas con discapacidad.
Referencias posteriores
- SE DECLARA en el Recurso 6084/2007, su DESESTIMACIÓN, en relación con los arts. 27.1, 27 bis.1 a), 34, 35, 37, 56.2 y 62.3 y 4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, en la redacción dada, por Sentencia 176/2015, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2015-9391).
- SE DEROGA la disposición adicional 16, por Ley 15/2014, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9467).
- SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria 2, regulando la contratación excepcional de profesores colaboradores, por Real Decreto 989/2008, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2008-11108).
Referencias anteriores
- MODIFICA:
- art. 74 de la Ley de Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
- art. 20.3.a) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21340).
- Determinados preceptos, AÑADE el art. 54 bis, el título XIV y las disposiciones adicionales 28 y 29 y DEJA SIN EFECTO los arts. 17, 51, 58, 63 y las disposiciones adicionales 17, 26 y transitoria 5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24515).
- art. 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril (Ref. BOE-A-1986-10499).
- art. 17.1.b) de la Ley 13/1986, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1986-9479).
- Lo indicado del art. 12.1.b) y d) de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-151).
Materias
- Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
- Alumnos
- Consejo de Universidades
- Deporte
- Doctorado
- Escuelas de Náutica
- Haciendas Locales
- Homologación de títulos académicos
- Investigación científica
- Jubilación
- Oposiciones y concursos
- Profesorado
- Títulos académicos y profesionales
- Universidades