Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

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Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

14/05/2015

Fecha de entrada en vigor

Sección

Leyes Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Aragón

Tema

Resumen

Recoge el principio de accesibilidad, en lo referido a la información.

Además:

Disposiciones generales sobre los instrumentos de participación ciudadana

Artículo 52. Instrumentos de participación ciudadana.

1. Las acciones destinadas a garantizar la participación ciudadana se desarrollarán a través de los instrumentos previstos en este capítulo, sin perjuicio de los demás que se establezcan en otras leyes sectoriales o normas reglamentarias.

2. El Gobierno de Aragón impulsará los instrumentos de participación ciudadana garantizando en su funcionamiento los principios de igualdad, accesibilidad, información, transparencia, pluralidad, tolerancia y corresponsabilidad.

3. El funcionamiento de los instrumentos de participación ciudadana asegurará condiciones de inclusión social, favoreciendo la participación de las personas con discapacidad, de las personas mayores, de la juventud, de las personas inmigrantes y de los sectores sociales en los que se constate una mayor dificultad en orden a su participación en los asuntos públicos.

4. El resultado de los instrumentos de participación ciudadana tendrá carácter orientativo en el diseño de las políticas públicas

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