La presente Ley recoge las medidas en materia de tributos cedidos que son directamente aplicables por los contribuyentes andaluces.
Se aprueban medidas que afectan al impuesto sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre el patrimonio, al impuesto sobre sucesiones y donaciones, al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, a la tasa fiscal sobre el juego y al impuesto especial sobre determinados medios de transporte, que suponen la reducción del gravamen de estos
tributos cedidos, situando a Andalucía entre las comunidades autónomas con una fiscalidad más baja.
Referencias anteriores
- DEROGA:
- el Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril (Ref. BOJA-b-2021-90155).
- con los efectos indicados, el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio (Ref. BOJA-b-2018-90363).
- DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2007-5825).
Materias
- Andalucía
- Cesión de Tributos
- Haciendas de las Comunidades Autónomas
- Impuesto sobre el Patrimonio
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Juego
- Tasas