La Instrucción 78/2013 de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, suspendió durante el año 2014, y hasta que no se disponga de crédito adecuado y suficiente en los sucesivos ejercicios económicos las siguientes ayudas:
Ayudas para la atención a la Dependencia.
Ayuda para tratamientos termales.
Ayuda para la adquisición de vivienda.
Ayudas previstas en las disposiciones transitorias de la Instrucción 4B0/19065/2010.
La experiencia acumulada desde su entrada en vigor y la oportunidad de dar solución a las situaciones informadas hace necesaria la modificación de determinados apartados que permitan la actualización de su contenido. En esta línea de revisión, el incremento en el coste de los artículos y de los servicios objeto de prestación, la situación actual y la realidad social de nuestro colectivo permite la mejora de las cuantías económicas y de los límites de las prestaciones sociales.
Materias
- Asistencia sanitaria
- Asistencia social
- Discapacidad
- Instituto Social de las Fuerzas Armadas
- Procedimiento administrativo