Primero. Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro, radicadas en España que tengan un ámbito de actuación estatal o que implique más de una comunidad autónoma.
Segundo. Finalidad:
Actuaciones dirigidas a favorecer la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación, así como los productos de apoyo, por parte del alumnado que presente necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad escolarizado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos