Primero.– Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las Entidades locales de la Comunidad de Castilla y León, previstas en la normativa de régimen local que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a personas con discapacidad en situación de desempleo, para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social.
Segundo.– Finalidad.
Apoyo a la contratación temporal de personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.