Artículo 1. Objeto.
El presente decreto foral tiene por objeto declarar las actividades prioritarias de mecenazgo para los años 2014 y 2015 en el ámbito de los fines de interés general, así como la determinación de las entidades beneficiarias y los requisitos y condiciones que dichas actividades deben cumplir a los efectos de lo dispuesto en el artículo 29 de la Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Artículo 2. Actividades prioritarias en el ámbito de las polí- ticas sociales y de la cooperación.
1. En el ámbito de las políticas sociales y de la cooperación, para los años 2014 y 2015, se declaran como prioritarios los siguientes programas o actividades:
a) Programas y actividades desarrolladas en Gipuzkoa en el área de los servicios sociales por entidades sin fines lucrativos declaradas de utilidad pública o fundaciones.
b) Programas y actividades desarrolladas en o desde Gipuz koa en el área de cooperación internacional por entidades sin fines lucrativos declaradas de utilidad pública o fundaciones.
c) Los proyectos de investigación sobre la enfermedad de Alzheimer realizados por la Fundación CITA Alzheimer.
d) El programa «PAUSO BERRIAK» desarrollado por ATZEGI, dirigido a facilitar el trabajo de las personas con discapacidad intelectual con necesidades de apoyo de intensidad media, en empresas y en instituciones.
2. Con respecto a las actividades y programas incluidos en las letras a) y b) del apartado anterior, junto con la solicitud a la que se alude en el artículo 11 del presente decreto foral, deberá presentarse un presupuesto de ingresos y gastos de la actividad o proyecto a desarrollar, así como, en su caso, un presupuesto de inversiones.