Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. Este Decreto tiene por objeto:
a) Regular el procedimiento aplicable en la Comunidad de Madrid para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
b) Desarrollar la regulación de los requisitos y condiciones para ser beneficiario de los servicios y prestaciones económicas contempladas en el Capítulo II del Título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, así como el régimen de incompatibilidades entre servicios y prestaciones.
c) Regular la determinación de la capacidad económica personal del beneficiario, así como la participación del mismo en la financiación de los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
2. El ámbito de aplicación de este Decreto se extiende a todo el territorio de la Comunidad de Madrid.