Reserva una cuota mínima de un 7 % del total de las vacantes objeto de la oferta para que sean cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, en los términos y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como de acuerdo con los artículos 4.2 y 42.3 de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión social, cuyo texto refundido fue aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Emprender con discapacidad en España. Diagnóstico de la situación actual con datos GEM 2023.
Este estudio analiza la situación actual del emprendimiento entre personas con discapacidad en España, utilizando datos del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) 2023. El documento destaca