PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ


Naturaleza

El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social.

La pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

Los beneficiarios de Pensión no Contributiva de Invalidez que inicien una actividad laboral por cuenta propia o ajena, recuperarán automáticamente el percibo de la pensión cuando cesen en la actividad, a cuyos efectos no se tendrán en cuenta en el cómputo anual de sus rentas las que hubieran percibido en virtud de su trabajo en el ejercicio en que se reponga el pago de la pensión.

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Normativa reguladora básica

Se contempla en las siguientes disposiciones:

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Requisitos

Pueden ser beneficiarios de la PNC de Invalidez los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos:

Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2005, sean inferiores a 4.043,06 € anuales.

No obstante, si son inferiores a 4.043,06 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen en el siguiente cuadro, según caso:

a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº de convivientes = 2 - 6.837,20 €/año
Nº de convivientes = 3 - 9.703,34 €/año
Nº de convivientes = 4 - 12.533,48 €/año
b) Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Nº de convivientes = 2 - 17.183,00 €/año
Nº de convivientes = 3 - 24.258,35 €/año
Nº de convivientes = 4 - 31.333,70 €/año
  1. Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
  2. Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  3. Minusvalía/Discapacidad: Grado igual o superior al 65%.

El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con el estado de minusvalía o discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

La Pensión no Contributiva de Invalidez es incompatible con la PNC de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP) de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) , así como con la condición de causante de la Prestación Familiar por Hijo a Cargo Minusválido.

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Actualización de las pensiones para 2005

El Real Decreto Ley 11/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica, en materia de pensiones públicas, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, establece la revalorización de las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva y no contributiva para dicho año, así como la de otras prestaciones de protección social pública.

Las PNCs experimentan un incremento del 4,5 % que incluye el 1,5 % de desviación del IPC del año anterior, y su cuantía queda fijada en 4.043,06 € íntegros anuales, que se abona en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año, por lo que se mantiene íntegro el poder adquisitivo de estas pensiones en el año 2005 y se actualiza la cuantía de ingresos suficientes que limita el acceso y mantenimiento del derecho a las mismas.

La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece, a partir del citado importe, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida.

Los pensionistas de PNC de invalidez cuyo grado de minusvalía/discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 4.043,06 € anuales, fijado en 2.021,53 € anuales.

Las cuantías básicas son las siguientes:

Cuantía Anual Mensual
Íntegra 4.043,06 € 288,79 €
Mínima 25% 1.010,77 € 72,20 €
Íntegra más Incremento 50% 6.064,59 € 433,18 €

Cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía máxima anual conjunta es la siguiente:

Nº Beneficiarios Anual Mensual
2 6.873,20 € 490,94 €
3 9.703,34 € 693,09 €

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Regularizacion para los ya pensionistas en 2004 y revisión de las pensiones

Dado que el incremento real experimentado por el Índice de Precios al Consumo en el período noviembre/2003-noviembre/2004 ha sido superior al previsto en un 1,5 %, todos los que eran ya pensionistas a 31 de diciembre de 2004, percibirán una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2004 y la que les hubiese correspondido de aumentar la cuantía percibida, durante el indicado ejercicio, en el 3,5 %, una vez deducido de aquella un 2 %.

El uso adecuado de los recursos públicos debe quedar garantizado, por ello los pensionistas están obligados a:

Conforme a los datos declarados por los pensionistas y los disponibles por la Administración se procede a la regularización de los importes percibidos en 2004 y se establece el importe de la pensión a percibir en el año 2005, si la revisión diera lugar a la modificación de la cuantía actualizada inicialmente.

Los importes que resulten indebidamente percibidos por el incumplimiento de las citadas obligaciones tienen que ser devueltos por sus perceptores.

A su vez, las Administraciones Públicas tienen el deber y el derecho de establecer los mecanismos de control oportunos para evitar cualquier utilización indebida de las prestaciones sociales; controles que se efectúan tanto con carácter previo al reconocimiento de la pensión como con posterioridad periódica y anualmente.

El Registro de Prestaciones Sociales Públicas en el que se inscriben todas las pensiones públicas, incluída la PNC de Invalidez, es un instrumento básico de la gestión pública de protección social al posibilitar el seguimiento y control permanente del derecho a las prestaciones y sus percepciones.

El derecho a seguir percibiendo una pensión no contributiva se extingue cuando se deja de reunir alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

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Dónde solicitar estas pensiones

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva de Invalidez se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se hacen directamente por el IMSERSO.

Se financian con cargo al presupuesto del Estado, mediante transferencias de crédito al de la Seguridad Social.

La solicitud de pensión podrá presentarse personalmente en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del IMSERSO o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo. Se acompañará de:

Las direcciones y teléfonos de información de las Comunidades Autónomas y Direcciones Provinciales del IMSERSO se detallan a continuación:

ÁLAVA (Vitoria) Instituto Foral de Bienestar Social c/ Diputación, 13 - C.P. 01001 945 151 015
ALBACETE Consejería de Bienestar Social Pº P. Simón Abril, 10 - C.P. 02003 967 557 989
ALICANTE Consejería de Bienestar Social c/ Fernando Madroñal, 52 - C.P. 03007 965 934 704
ALMERÍA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Tiendas, 12 C.P. 04003 950 006 100
ASTURIAS (Oviedo) Dirección General de Servicios Sociales Comunitarios y Prestaciones c/ General Elorza, 35 -C.P. 33001 985 106 565985 106 551
ÁVILA Gerencia de Servicios Sociales Pl. de Nalvillos, 1 -C.P. 05001 920 352 165
BADAJOZ Consejería de Bienestar Social Ronda de Pilar, 22 -C.P. 06071 924 010 000
BADAJOZ (Mérida) Consejería de Bienestar Social Pº de Roma, s/n (Mérida) -C.P. 06800 924 005 929
ILLES BALEARS (Palma de Mallorca) Instituto Balear de Asuntos Sociales/Institut Balear d´Affers Socials Avinguda d´Alemanya, 6 . -C.P. 07003 971 177 000
BARCELONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Plaça Pau Vila (Palau de Mar) -C.P. 08039 934 831 000
BURGOS Gerencia de Servicios Sociales c/ Julio Sáez de la Hoya, 5 -C.P. 09005 947 230 712
CÁCERES Consejería de Bienestar Social Pl. Alféreces Provisionales, 1 -C.P. 10071 927 004 306
CÁDIZ Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pl. Asdrúbal, s/n -C.P. 11008 956 007 000
CANTABRIA (Santander) Dirección General de Acción Social c/ Hernán Cortés, 9 -C.P. 39003 942 207 939942 207 957
CASTELLÓN Consejería de Bienestar Social c/ Hermanos Bou, 81.  -C.P. 12003 964 358 000
CEUTA Dirección Provincial del IMSERSO Av. África, s/n -C.P. 51002 956 522 907
CIUDAD REAL Consejería de Bienestar Social c/ Sto. Tomás de Villanueva, 9 -C.P. 13071 926 212 444
CÓRDOBA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pasaje 12 de Octubre, s/n -C.P. 14003 957 005 400
A CORUÑA Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Rua Concepción Arenal, 7-9 -C.P. 15006 981 288 188
CUENCA Consejería de Bienestar Social General Fanjul, 3-5 -C.P. 16001 969 176 552
GIRONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials c/ Emili Grahit, 2 -C.P. 17001 972 486 060
GRANADA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Ancha de Gracia, 6 - C.P.18002 958 024 600
GUADALAJARA Consejería de Bienestar Social Pº Fernández Iparraguirre, 1 -C.P. 19071 949 885 455
GUIPÚZCOA (San Sebastián-Donostia) Diputación Foral/Foro Albundia c/ Zarategui, 99 -C.P. 20015 943 482 588
HUELVA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Alcalde Mora Claros, 4 y 6 -C.P. 21001 959 005 700
HUESCA Instituto Aragonés de Servicios Sociales Pl. Santo Domingo, 3 y 4 -C.P. 22001 974 293 333
JAÉN Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Pº de la Estación, 19 -C.P. 23008 953 013  084
LEÓN Gerencia de Servicios Sociales c/ Modesto de la Fuente, 5 -C.P. 24004 987 256 612
LLEIDA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Pça. de la Sal, 6 -C.P. 25007 973 230 502
LUGO Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais c/ Ronda da Muralla, 70 (Edif. Advo.) -C.P. 27003 982 294 202
MADRID Dirección General de Servicios Sociales c/ Alcalá, 63, c/v P. Muñoz Seca, 2 – C.P. 28014 914 206 900
MÁLAGA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social Manuel Agustín Heredia, 26 - 4º -C.P. 29001 951 036 400
MELILLA Dirección Provincial del IMSERSO c/ Querol, 31 -C.P. 52004 952 673 314
MURCIA Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (ISSORM) c/ Ronda de Levante, 16 esq. Pl. Juan XXIII - C.P. 30008 968 366 262
NAVARRA (Pamplona) Instituto Navarro de Bienestar Social c/ González Tablas, s/n -C.P. 31003 948 426 900
OURENSE Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Av. Sáez Díez, 33 bajo -C.P. 32003 988 386 150
PALENCIA Gerencia de Servicios Sociales c/ Valentín Calderón, 2 -C.P. 34001 979 706 109
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Dirección General de Servicios Sociales Av. Alcalde José Ramírez Bethencourt, 12 -C.P. 35004 928 452 350
PONTEVEDRA (Vigo) Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais Rúa Concepción Arenal, 8 2ª planta -C.P. 36202 986 817 230
LA RIOJA (Logroño) Dirección General de Servicios Sociales c/ Villamediana, 17 -C.P. 26071 941 291 318
SALAMANCA Gerencia de Servicios Sociales c/ Correhuela, 18 -C.P. 37001 923 216 101
SEGOVIA Gerencia de Servicios Sociales c/ Infanta Isabel, 16 - C.P. 40001 921 461 982
SEVILLA Consejería para la Igualdad y Bienestar Social c/ Pagés del Corro, 90 -C.P. 41010 955 006 000
SORIA Gerencia de Servicios Sociales Pº del Espolón, 2 -C.P. 42001 975 220 555
TARRAGONA Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials Av. Andorra, 7 bis -C.P. 43002 977 241 888
TARRAGONA (Amposta) Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials c/ Ruiz d´Alda, 33 - C.P. 43870 977 706 534
TENERIFE (Sta. Cruz de Tenerife) Dirección General de Servicios Sociales Av. Benito Pérez Armas, 4 -C.P. 38007 922 474 444
TERUEL Instituto Aragonés de Servicios Sociales c/ Av. Dr. Sanz Gadea, 11 -C.P. 44002 978 641 313
TOLEDO Consejería de Bienestar Social c/ Núñez de Arce, 24 -C.P. 45003 925 269 035
VALENCIA Consejería de Bienestar Social c/ Barón de Cárcer, 36 -C.P.: 46001 963 866 750
VALLADOLID Gerencia de Servicios Sociales c/ Dos de Mayo, 14-16 -C.P. 47004 983 306 888
VIZCAYA (Bilbao-Bilbo) Diputación Foral/Foru Aldundia c/ Nicolás Alcorta, 4 -C.P. 48071 944 067 163
ZAMORA Gerencia de Servicios Sociales c/ Prado Tuerto, 17 -C.P. 49020 980 671 300
ZARAGOZA Instituto Aragonés de Servicios Sociales Pº de Rosales, 28 Dup. -C.P.50008 976 716 220
SS.CC. IMSERSO Dirección General del IMSERSO Av. de la Ilustración, s/n c/v a Ginzo de Limia, 58 C.P. 28029 913 638 783

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Información elaborada por el Observatorio de la Discapacidad del IMSERSO

Fecha de la última modificación de la información contenida: marzo de 2005