El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social.
La pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
Los beneficiarios de Pensión no Contributiva de Invalidez que inicien una actividad laboral por cuenta propia o ajena, recuperarán automáticamente el percibo de la pensión cuando cesen en la actividad, a cuyos efectos no se tendrán en cuenta en el cómputo anual de sus rentas las que hubieran percibido en virtud de su trabajo en el ejercicio en que se reponga el pago de la pensión.
Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2005, sean inferiores a 4.043,06 € anuales.
No obstante, si son inferiores a 4.043,06 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen en el siguiente cuadro, según caso:
a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con el estado de minusvalía o discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.
La Pensión no Contributiva de Invalidez es incompatible con la PNC de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP) de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) , así como con la condición de causante de la Prestación Familiar por Hijo a Cargo Minusválido.
El Real Decreto Ley 11/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica, en materia de pensiones públicas, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, establece la revalorización de las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva y no contributiva para dicho año, así como la de otras prestaciones de protección social pública.
La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece, a partir del citado importe, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida.
Los pensionistas de PNC de invalidez cuyo grado de minusvalía/discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 4.043,06 € anuales, fijado en 2.021,53 € anuales.
| Cuantía | Anual | Mensual |
| Íntegra | 4.043,06 € | 288,79 € |
| Mínima 25% | 1.010,77 € | 72,20 € |
| Íntegra más Incremento 50% | 6.064,59 € | 433,18 € |
| Nº Beneficiarios | Anual | Mensual |
| 2 | 6.873,20 € | 490,94 € |
| 3 | 9.703,34 € | 693,09 € |
Dado que el incremento real experimentado por el Índice de Precios
al Consumo en el período noviembre/2003-noviembre/2004 ha sido superior
al previsto en un 1,5 %, todos los que eran ya pensionistas a 31 de diciembre
de 2004, percibirán una cantidad equivalente a la diferencia entre
la pensión percibida en 2004 y la que les hubiese correspondido de
aumentar la cuantía percibida, durante el indicado ejercicio, en el
3,5 %, una vez deducido de aquella un 2 %.
El uso adecuado de los recursos públicos debe quedar garantizado, por ello los pensionistas están obligados a:
Los importes que resulten indebidamente percibidos por el incumplimiento de las citadas obligaciones tienen que ser devueltos por sus perceptores.
A su vez, las Administraciones Públicas tienen el deber y el derecho de establecer los mecanismos de control oportunos para evitar cualquier utilización indebida de las prestaciones sociales; controles que se efectúan tanto con carácter previo al reconocimiento de la pensión como con posterioridad periódica y anualmente.
El Registro de Prestaciones Sociales Públicas en el que se inscriben todas las pensiones públicas, incluída la PNC de Invalidez, es un instrumento básico de la gestión pública de protección social al posibilitar el seguimiento y control permanente del derecho a las prestaciones y sus percepciones.
El derecho a seguir percibiendo una pensión no contributiva se extingue cuando se deja de reunir alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
Se financian con cargo al presupuesto del Estado, mediante transferencias de crédito al de la Seguridad Social.
La solicitud de pensión podrá presentarse personalmente en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del IMSERSO o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo. Se acompañará de:
| ÁLAVA (Vitoria) | Instituto Foral de Bienestar Social | c/ Diputación, 13 - C.P. 01001 | 945 151 015 |
| ALBACETE | Consejería de Bienestar Social | Pº P. Simón Abril, 10 - C.P. 02003 | 967 557 989 |
| ALICANTE | Consejería de Bienestar Social | c/ Fernando Madroñal, 52 - C.P. 03007 | 965 934 704 |
| ALMERÍA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | c/ Tiendas, 12 C.P. 04003 | 950 006 100 |
| ASTURIAS (Oviedo) | Dirección General de Servicios Sociales Comunitarios y Prestaciones | c/ General Elorza, 35 -C.P. 33001 | 985 106 565985 106 551 |
| ÁVILA | Gerencia de Servicios Sociales | Pl. de Nalvillos, 1 -C.P. 05001 | 920 352 165 |
| BADAJOZ | Consejería de Bienestar Social | Ronda de Pilar, 22 -C.P. 06071 | 924 010 000 |
| BADAJOZ (Mérida) | Consejería de Bienestar Social | Pº de Roma, s/n (Mérida) -C.P. 06800 | 924 005 929 |
| ILLES BALEARS (Palma de Mallorca) | Instituto Balear de Asuntos Sociales/Institut Balear d´Affers Socials | Avinguda d´Alemanya, 6 . -C.P. 07003 | 971 177 000 |
| BARCELONA | Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials | Plaça Pau Vila (Palau de Mar) -C.P. 08039 | 934 831 000 |
| BURGOS | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Julio Sáez de la Hoya, 5 -C.P. 09005 | 947 230 712 |
| CÁCERES | Consejería de Bienestar Social | Pl. Alféreces Provisionales, 1 -C.P. 10071 | 927 004 306 |
| CÁDIZ | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | Pl. Asdrúbal, s/n -C.P. 11008 | 956 007 000 |
| CANTABRIA (Santander) | Dirección General de Acción Social | c/ Hernán Cortés, 9 -C.P. 39003 | 942 207 939942 207 957 |
| CASTELLÓN | Consejería de Bienestar Social | c/ Hermanos Bou, 81. -C.P. 12003 | 964 358 000 |
| CEUTA | Dirección Provincial del IMSERSO | Av. África, s/n -C.P. 51002 | 956 522 907 |
| CIUDAD REAL | Consejería de Bienestar Social | c/ Sto. Tomás de Villanueva, 9 -C.P. 13071 | 926 212 444 |
| CÓRDOBA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | Pasaje 12 de Octubre, s/n -C.P. 14003 | 957 005 400 |
| A CORUÑA | Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais | Rua Concepción Arenal, 7-9 -C.P. 15006 | 981 288 188 |
| CUENCA | Consejería de Bienestar Social | General Fanjul, 3-5 -C.P. 16001 | 969 176 552 |
| GIRONA | Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials | c/ Emili Grahit, 2 -C.P. 17001 | 972 486 060 |
| GRANADA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | c/ Ancha de Gracia, 6 - C.P.18002 | 958 024 600 |
| GUADALAJARA | Consejería de Bienestar Social | Pº Fernández Iparraguirre, 1 -C.P. 19071 | 949 885 455 |
| GUIPÚZCOA (San Sebastián-Donostia) | Diputación Foral/Foro Albundia | c/ Zarategui, 99 -C.P. 20015 | 943 482 588 |
| HUELVA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | c/ Alcalde Mora Claros, 4 y 6 -C.P. 21001 | 959 005 700 |
| HUESCA | Instituto Aragonés de Servicios Sociales | Pl. Santo Domingo, 3 y 4 -C.P. 22001 | 974 293 333 |
| JAÉN | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | Pº de la Estación, 19 -C.P. 23008 | 953 013 084 |
| LEÓN | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Modesto de la Fuente, 5 -C.P. 24004 | 987 256 612 |
| LLEIDA | Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials | Pça. de la Sal, 6 -C.P. 25007 | 973 230 502 |
| LUGO | Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais | c/ Ronda da Muralla, 70 (Edif. Advo.) -C.P. 27003 | 982 294 202 |
| MADRID | Dirección General de Servicios Sociales | c/ Alcalá, 63, c/v P. Muñoz Seca, 2 – C.P. 28014 | 914 206 900 |
| MÁLAGA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | Manuel Agustín Heredia, 26 - 4º -C.P. 29001 | 951 036 400 |
| MELILLA | Dirección Provincial del IMSERSO | c/ Querol, 31 -C.P. 52004 | 952 673 314 |
| MURCIA | Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (ISSORM) | c/ Ronda de Levante, 16 esq. Pl. Juan XXIII - C.P. 30008 | 968 366 262 |
| NAVARRA (Pamplona) | Instituto Navarro de Bienestar Social | c/ González Tablas, s/n -C.P. 31003 | 948 426 900 |
| OURENSE | Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais | Av. Sáez Díez, 33 bajo -C.P. 32003 | 988 386 150 |
| PALENCIA | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Valentín Calderón, 2 -C.P. 34001 | 979 706 109 |
| LAS PALMAS DE GRAN CANARIA | Dirección General de Servicios Sociales | Av. Alcalde José Ramírez Bethencourt, 12 -C.P. 35004 | 928 452 350 |
| PONTEVEDRA (Vigo) | Consejería de Asuntos Sociales/Conselleria de Asuntos Sociais | Rúa Concepción Arenal, 8 2ª planta -C.P. 36202 | 986 817 230 |
| LA RIOJA (Logroño) | Dirección General de Servicios Sociales | c/ Villamediana, 17 -C.P. 26071 | 941 291 318 |
| SALAMANCA | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Correhuela, 18 -C.P. 37001 | 923 216 101 |
| SEGOVIA | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Infanta Isabel, 16 - C.P. 40001 | 921 461 982 |
| SEVILLA | Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | c/ Pagés del Corro, 90 -C.P. 41010 | 955 006 000 |
| SORIA | Gerencia de Servicios Sociales | Pº del Espolón, 2 -C.P. 42001 | 975 220 555 |
| TARRAGONA | Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials | Av. Andorra, 7 bis -C.P. 43002 | 977 241 888 |
| TARRAGONA (Amposta) | Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales/Institut Català d´Assistencia i Serveis Socials | c/ Ruiz d´Alda, 33 - C.P. 43870 | 977 706 534 |
| TENERIFE (Sta. Cruz de Tenerife) | Dirección General de Servicios Sociales | Av. Benito Pérez Armas, 4 -C.P. 38007 | 922 474 444 |
| TERUEL | Instituto Aragonés de Servicios Sociales | c/ Av. Dr. Sanz Gadea, 11 -C.P. 44002 | 978 641 313 |
| TOLEDO | Consejería de Bienestar Social | c/ Núñez de Arce, 24 -C.P. 45003 | 925 269 035 |
| VALENCIA | Consejería de Bienestar Social | c/ Barón de Cárcer, 36 -C.P.: 46001 | 963 866 750 |
| VALLADOLID | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Dos de Mayo, 14-16 -C.P. 47004 | 983 306 888 |
| VIZCAYA (Bilbao-Bilbo) | Diputación Foral/Foru Aldundia | c/ Nicolás Alcorta, 4 -C.P. 48071 | 944 067 163 |
| ZAMORA | Gerencia de Servicios Sociales | c/ Prado Tuerto, 17 -C.P. 49020 | 980 671 300 |
| ZARAGOZA | Instituto Aragonés de Servicios Sociales | Pº de Rosales, 28 Dup. -C.P.50008 | 976 716 220 |
| SS.CC. IMSERSO | Dirección General del IMSERSO | Av. de la Ilustración, s/n c/v a Ginzo de Limia, 58 C.P. 28029 | 913 638 783 |
| Información elaborada por el Observatorio de la Discapacidad del IMSERSO Fecha de la última modificación de la información contenida: marzo de 2005 |