Este Reglamento tiene por objeto establecer y configurar acciones positivas para promover y garantizar el acceso de las personas con discapacidad al personal docente e investigador de las universidades, desarrollando el cupo de reserva del 5 por ciento de las plazas de las ofertas públicas, así como delinear y concretar medidas que permitan poner a disposición del personal docente e investigador con discapacidad, o que aspira a serlo, de la Universidad.
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