Varios sectores de nuestro Derecho interno están siendo objeto de modificación legislativa para armonizarse a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Uno de ellos, tiene que ver con los aspectos de regulación bioética y del cuidado y atención a la salud, cuando atañen a personas con discapacidad. El derecho a la protección a la salud y la política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de estas personas no deben interpretarse únicamente como un mandato a los poderes públicos para que dispongan los recursos económicos suficientes para dotar los medios materiales y humanos necesarios, sino que debe interpretarse de tal forma que incluya el derecho a la autonomía personal para el disfrute de todos los derechos. En este sentido, las personas con discapacidad no pueden ser consideradas como meros sujetos pasivos que reciben una atención y unos servicios por parte de las instituciones sanitarias, sino que han de ser consultadas y tenidas en cuenta a la hora de planificar y administrar los recursos del sistema de salud. Asimismo, deben ser partícipes tanto de la toma de decisiones sobre asuntos que les conciernen directamente, como en la planificación y evaluación de las políticas sanitarias que desarrollan estos aspectos. Este enfoque representa un impacto sobre ámbitos tales como: la investigación clínica, biomédica; los tratamientos médicos; los servicios sanitarios y hospitalarios; las medidas de contracepción, reproducción asistida, o en general de salud reproductiva. Esta obra conjuga aspectos estrictamente médicos con la elaboración teórica-práctica de la dimensión ética del tratamiento de la discapacidad, y las nuevas formas de intervención en el sector de la salud, ofreciendo análisis y reflexión, búsqueda e indagación de las legítimas aspiraciones y derechos de las personas con discapacidad en materia de salud.
Resumen recogido de la página web del CEDD