ACTUACIONES CONTEMPLADAS

Se considerarán bajo este programa las siguientes tipologías de proyectos:

Proyectos de formación cuyos objetivos sean la mejora de las condiciones de empleabilidad del colectivo de personas con discapacidad. Dichos proyectos deberán tener un enfoque claramente orientado al empleo, valorándose especialmente la existencia de compromisos de contratación de los alumnos.
Proyectos encaminados a la puesta en marcha de “Escuelas taller” de empleo. Esta medida se configura como un programa mixto de empleo y formación, basado en una metodología integradora que posibilita la inserción laboral posterior tanto por cuenta ajena como mediante la creación de proyectos empresariales o de economía social.
Excepcionalmente por razón de las dificultades para la integración laboral de los colectivos a los que se prestan servicios se podrán considerar proyectos de formación de los equipos profesionales de las entidades integradas en el movimiento asociativo de la discapacidad en áreas que contribuyan entre otras a la mejora de la empleabilidad de los colectivos a los que atienden.